Pronunciamientos:
PRIMERO: Se admite parcialmente la acusación y los medios probatorios presentados por la Fiscalía Cuarta (4ª) del Ministerio Público del Estado Guárico, salvo el medio de prueba citado en el folio 53, contenido en el escrito de la acusación fiscal, referente a la Inspección Técnica Policial N° 089, de fecha 16 de Enero de 2008, en contra del imputado JHONNY JOSÉ FLORES ACEVEDO, por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JORGE JAVIER MARTÍNEZ PARRA, con fundamento en el artículo 330 numerales 2 y 9, respectivamente del Código Orgánico Procesal Penal, queda desechada la otra calificación jurídica, en cuanto al delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 330 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 42 y siguientes ejusdem, se decreta la SUSP.....