DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía 11 del Ministerio Público del Estado Guárico, de conformidad a lo previsto en el articulo 374 del Código Orgánico Procesal Penal, en la audiencia de presentación de imputado, celebrada en fecha 20 de enero de 2011, en este Circuito Judicial Penal, extensión Valle de La Pascua, en la cual se le otorgó medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad prevista en el numeral 1 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos HÉCTOR JESÚS CABEZA REQUENA, JOEL JOSÉ MAICA RODRÍGUEZ, BALBINO ENRIQUE CASTILLO y JUAN JOSÉ FAJARDO, por la presunta comisión del delito de hurto califi.....