este Juzgado Segundo de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos LIDAN MARIA ESCALONA DE MANAURE (cónyuges), titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.592.855 y RICHARD ANTONIO MANAURE ESCALONA y PEDRO JESUS MANAURE ESCALONA (hijos), titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-19.601.863 y V-19.343.493, respectivamente, del fallecido PEDRO JESUS MANAURE, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.617.933, quedando a salvo los derechos de terceros.