Vista la diligencia que antecede, introducida y suscrita por la ciudadana: CINDY JOSEFINA ANDRADE GUACARAN, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de las cedula de identidad Nº V- 12.362.278, en su carácter de autos, asistida del abogado LUIS MORALES ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 127.962, el pedimento contenido en ella la admite cuanto ha lugar en derecho; en consecuencia revisadas las actuaciones procesales que conforman y constituyen la presente solicitud signada con el Nº 5.669-13, observa al folio 72, acto de fecha 06 de Febrero de 2013, donde siendo la oportunidad legal correspondiente para que tuviera lugar el acto de Reconocimiento en contenido y firma de documento privado cursante en autos (f. 2 y 3, respectivamente), donde siendo el acto legal correspondiente para que tuviera lugar el Reconocimiento en Contenido y firma de dicho instrumento cambiario, no hicieron acto de presencia los accionados: AMINTA JOSEFINA GUACAR.....