Se declaró: LA APERTURA DEL PROCEDIMIENTO PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO O CONMUTACION DE LA PENA, a favor del penado: YOSLEN ANDERSON RODRÍGUEZ RAMÍREZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 20, 53 y 56, ambos del Código Penal vigente, en consecuencia, se ordenó la práctica de las diligencias pertinentes.
UNICO: Oficiar al sitio de reclusión del penado, esto es, en el Internado Judicial "Los Pinos" de esta ciudad y Estado, a fin de solicitar la constancia o carta de conducta del mismo.