Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
UNICO: Se declara CON LUGAR, la apelación interpuesta por la parte demandada Ciudadana ALFA YAREMIT HERNÁNDEZ APARICIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.288.048, en contra del fallo de la recurrida Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, de fecha 17 de Mayo de 2016. Se REPONE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 206 y siguientes al estado de que el Tribunal de la recurrida ordene la notificación de las partes, para que una vez estén las mismas a derecho en el presente proceso, proceda el Tribunal a ordenar realizar el justiprecio por el perito designado por las partes y por el Tribunal para darle al i.....