De la revisión exhaustiva de la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, así como de los documentos aportados a la misma, se evidencia claramente del acta de nacimiento número 2001 de fecha 18/06/1980, emanada de la Primera Autoridad Civil de la parroquia Antemano del Municipio Libertador, cursante al folio 09, perteneciente al ciudadano VICENTE OTTE GAMBOA RIGU, que el apellido de la presentante aparece como ELIZABETH RUGU. Del acta supra identificada se desprende claramente que aparece identificada la de cujus, ELIZABETH RIGU como ELIZABETH RUGU, evidenciándose así un error en el apellido de la misma, en consecuencia, para quien suscribe, lo procedente y ajustado a derecho es solicitar previamente a la presente solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, la RECTIFICACIÓN del Acta de Nacimiento correspondiente al ciudadano VICENTE OTTE GAMBOA RIGU. En consecuencia, se declara INADMISIBLE la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, .....