SE DECLARO PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados ADELCADER ALBERTO TOVAR MEDINA y ROBERT ANTONIO MEZA ACEVEDO, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano MANUEL EMILIO GRATEROL, venezolano, de 32 años de edad, natural de San Juan de los Morros Estado Guárico, nacido en fecha 21/08/1975, soltero, de profesión u oficio obrero y estudiante, residenciado en la calle Ambrosio Plaza, casa s/n del Barrio El Jobo, San Juan de los Morros del Estado Guárico, hijo de Francisco Godoy (v) y de Anselma Graterol (v); titular de la cédula de identidad N° V-12.840.778. SEGUNDO: En virtud de los fundamentos legales y jurisprudenciales, y habida cuenta de la Admisión de la Acusación y los medios de Pruebas presentados por el Ministerio Fiscal y vista como ha sido la Admisión de los Hechos por parte del Recurrente en apelación, de la cual se determina su responsabilidad penal en los hechos acusados, es decir, responsable del delito de Homicidio Calificado en.....