Vista la practica de Redención de Pena, de esta misma fecha dictado en favor del penado, MANUEL EMILIO GRATEROL titular de la cédula de identidad N° V-12.840.778 este Juzgado pasa a practicar un nuevo cómputo de detención, conforme a lo ordenado por el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, en su último aparte. Para ello se observa:
En fecha 28-10-2.008 fue sentenciado Manuel Emilio Graterol, titular de la Cédula de Identidad personal Nº V-12.840.778, a cumplir la pena de Cinco (05) años y cuatro (04) meses de presidio por la comisión del delito de Homicidio Calificado en grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal en concordancia con lo dispuesto en el artículo 82 ejusdem, y quién admitió ser autor y responsable en la comisión del delito descrito, todo de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal,
El penado Manuel Emilio Graterol, fue detenido por primera y Única vez en.....