Se declaró Primero: Con lugar parcialmente el recurso de apelación de auto, interpuesto por el Defensor Público número 04, EDUARDO DOMINGUEZ BURGOS, adscrito a la Defensoría Pública del Circuito Judicial Penal, Extensión Calabozo, Estado Guárico, en su carácter de Defensor Definitivo de los ciudadanos: ISAEL JOSÉ RIVERO RAYA, titular de la cédula de identidad número 22.613.135; RICHARD ANTONIO BASTIDAS APONTE, titular de la cédula de identidad número 12.491.148 y ALEJO ENRIQUE LUCENA MORENO, titular de la cédula de identidad número 18.406.955, por el motivo contenido en el numeral 4 del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, y se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad.
Segundo: Ordena la aplicación del procedimiento especial abreviado.
Tercero: Ordena la remisión del presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal de este Estado, para su debida devolución al Tribunal de Pri.....