Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguan y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Calabozo, niegue la solicitud apertura de incidencia del artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, y la solicitud de FRAUDE PROCESAL de conformidad con los articulo 17 y 170 del Código en comento. Así se decide.-
LA JUEZA,
Abg. DELIA GONZALEZ DE LEAL
LA SECRETARIA,
Abg. MAYRA URBANEJA
DGdeL/MU
CONS. Nº 176-09