Por todas las razones de hecho y de derecho, antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la solicitud del acusado JUAN JOSE HERNANDEZ LAYA, venezolano, de 25 años de edad, nacido en fecha 13-09-1980, de profesión u oficio Funcionario Policial, adscrito a la Policial del Estado Guárico, titular de la cédula de identidad N° V.- 14.926.975, residenciado en la Calle San Miguel, detrás de la Manga de Coleo, del Parque Ferial de Valle de la Pascua, Estado Guarico, por la presunta comisión de los delitos de HOMIDICIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 406, ordinal 1° en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, y 286 del Código Penal, respectivamente, en perjuicio de los ciudadanos ADOLFO SEGUNDO MARTINEZ MARIO y MARIA DEL ROSARIO GUERRERO GALLUCCI, en consecuencia NIEGA el decaim.....