DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA a el penado BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a favor del penado NICE RAFAEL HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.353.368, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual deberá igualmente cumplir las siguientes condiciones:
1.- No cambiar de residencia sin previa solicitud y autorización del Tribunal.
2.-Prestarse dos veces por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, es decir dos veces en los nueve (09) meses que le restan de la pena.-
Publíquese y regístrese la presente decisión, la cual se notificara a las partes en esta misma fecha. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
El Juez,
Abg.....