Por todas las anteriores Consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: Se declara parcialmente Con lugar la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y Otros Conceptos, intentada por la ciudadana MAYURI JOSEFINA GOMEZ RAMIREZ, ya identificada, contra la Empresa BANCO UNION S.A.C.A., también identificada, y en consecuencia, se condena a la parte demandada a pagarle a la parte demandante la suma de Un Millón Trescientos Cuarenta Mil Quinientos Cincuenta y cuatro con un céntimo (Bs. 1.340.554,01). correspondiente a la diferencia de la suma de DIEZ MILLONES NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 10.092.964,52), que es el total Prestaciones Sociales reclamadas, por haber recibido un anticipo de las mismas por cantidad de DOS MILLONES SETE.....