Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta NUEVO CÓMPUTO DE PENA por revocatoria del régimen abierto, en la causa seguida en contra de los penados LUIS ALFREDO MACEAS PALACIOS y HERMES EDUARDO MACEAS PALACIOS, de conformidad con lo establecido en los artículos 479, encabezamiento, 482 y 484, del Código Orgánico Procesal Penal, determinándose que cumplen definitivamente la pena principal el 24 de noviembre de 2011, salvo que rediman la misma y no optan a ningún beneficio de ley. Regístrese, publíquese, diarícese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal, asimismo notifíquese al Fiscal 9° del Ministerio Público y a la Defensa. Ofíciese a la Dirección del lugar de reclusión, con copia certificada del presente auto.