SE DECLARO SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público Penal N° 2 Abg. Tony Vieira Ferreira, en la condición de autos, contra el auto del Juzgado Quinto de Control del este Circuito Judicial Penal, de fecha 26 de Marzo de 2007, providencia interlocutoria donde entre otros aspectos decretó la detención preventiva judicial del imputado ASDRUBAL JOSE RODRIGUEZ LARA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, en agravio de JOSE ALBERTO MACHIQUE (occiso), por lo que se confirma en todas y cada una de sus partes el auto delatado. Así se establece. Se funda la decisión de conformidad con los artículos 447.4.5, 448; 449, 450 del Código Orgánico Procesal Penal.