D I S P O S I T I V A
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguan y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Calabozo, conforme a lo establecido en los artículos 26, 49, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los artículos 12, 15, 242, 243, 350 y 354 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: De conformidad con el artículo 354 del Código de Procedimiento Civil se concede a la parte actora, abogado ARTURO JOSE VILLAVICENCIO MICHELANGELI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.811.286 e inscrito en el IPSA bajo el Nº 101.358, actuando en nombre y representación del ciudadano PEDRO VICENTE FONTAINES RATTIA, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Licenciado en Administración y titular d.....