Se ORDENA:
a) Oficiar a la Coordinación Regional de Tratamiento No Institucional del Ministerio de Justicia, a los fines que se practique el Informe Psico social del penado.
b) Oficiar al Ministerio del Interior y Justicia con sede en Caracas, Distrito Capital, a fin, de solicitar los posibles antecedentes penales que pudiera registrar el penado.
c) Que el penado se comprometa a cumplir las condiciones que le imponga este tribunal o el delegado de prueba.
d) Que el penado presente oferta de trabajo,