Dispositiva
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara inadmisible, la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano José Afrodicio Rodríguez Natera, en su condición de agraviado, en contra del Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Extensión Calabozo. Se funda la decisión en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Diarícese. Publíquese. Notifíquese. Déjese copia. Archívese en la oportunidad de ley.
La Juez Presidente de Sala,
Abg. Yajaira Margarita Mora Bravo
La Juez,
Abg. Kena De Vasconcelos Ventura
El Juez (Ponente),
Abg. Álvaro Cozzo Tocino
La Secretaria,
Abg. Milagros Salazar
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria
Abg. Milagros Salazar