DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de terreno "Tierra de Canaan", ubicado en el sector el perro, asentamiento campesino sin Información, Parroquia Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, constante de una superficie de tres hectárea con tres mil cuarenta y seis metros cuadrados ( 3 has con 3.046 mts2), alinderado de la siguiente manera: Norte: Calle patillal; Sur: Terrenos ocupado por fundo las tres J; Este: Terrenos ocupados por Carlos Lovera y Oeste: Calle patillal, a favor de la ciudadana Crisbler Amalai Acosta Martínez, titular de la cedula de identidad N° V- .....