este Tribunal de conformidad con el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la Ciudadana MARCELISBEH MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.705.392, sobre una parcela de terreno municipal, ubicada en la calle Bernardo Bencomo, sector 3 Paso del Medio, Parroquia Paso Real de Macaira, Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico, conformado un área de terreno de cuatrocientos treinta y dos metros cuadrados con noventa y siete centímetros (432,97 mts2/cm) y un área de construcción de ochenta y cinco metros cuadrados con setenta y seis centímetros