Por recibido mediante oficio Nº , de fecha de Abril de 2013, emanado del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio José Félix Ribas del Estado Guárico, el presente acuerdo conciliatorio efectuado entre los ciudadanos: XXXXXXXX, XXXXXXXX y XXXXXXXX, titulares de la cédulas de identidad Nºs 11.633.153 Y 12.363.795, en relación a la solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, por ellos para sus hijos: JAIRO RAMON, JHON JAAIRO y LUIS JAIRO, en fecha 04 de Abril de 2013, ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente de este Municipio José Félix Ribas, el Tribunal le dà entrada en el Libro respectivo y su curso de Ley, asignándole el Nº 1360-13. En consecuencia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, dà por consumado el acuerdo conciliatorio en los términos allì establecidos y le imparte su homologación. Se acuerda librar oficio al Gerente del Banco Bicentenario de esta localidad, a fin.....