PRIMERO: La inmediata libertad del imputado Jose Luis Blequett Gutierrez, titular de la cédula Nº10.087.193, residenciado en Caserio Laguna de Piedra, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guarico, detrás de la Plaza Bolívar de Laguna de Piedra, en virtud de habérsele acordado una Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de la Libertad, contenida en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de BENEFICIO DE GANADO AJENO, tipificado en el artículo 9 de la Ley Penal Para la Protección de la Actividad Ganadera.
SEGUNDO: La prosecución del proceso por la Vía ordinaria, a los fines de que continue con las investigaciones pertinentes y llegar al esclarecimiento de los hechos.
Notifíquese a las partes. Remítase el asunto a la Fiscalía de Origen. Líbrese lo conducente. Cúmplase.