Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA al penado JULIO ANTONIO RAMIREZ, suficientemente identificado en el presente asunto a Conmutar por Confinamiento el resto de la pena de prisión que le falta por cumplir, de la siguiente forma: Veinte y Siete (27) días, tiempo que le falta por cumplir de la pena, mas un tercio (1/3) del tiempo antes señalado, es decir Nueve (09) días, para un tiempo total de Un (01) mes y Seis (06) días, que cumplirá en fecha 28 de enero del 2004, y que deberá cumplir en la Urbanización el Valle, Barrio Bruzual, Calle 18 de Octubre, Nº 36, cerca de la Bodega los Borrachos, En la Ciudad de Caracas, Región Capital; vivienda propiedad de los ciudadanos: Erika Suárez Blanco y Guillermo José Palma, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 del Código Penal, igualmente queda ob.....