DISPOSITIVA
Es por todos los razonamiento anteriormente expuestos que este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, en función de Juicio Nº 01, actuando en la modalidad de Tribunal Mixto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley; DECIDE CON VOTO SALVADO DEL JUEZ PRESIDENTE, LO SIGUIENTE:
PRIMERO: SE ABSUELVE. al ciudadano VICENZO RAPINI VALLOREO, titular de la cédula de Identidad, Nº 8.800.205, de nacionalidad Venezolana, natural de Italia, nacido en fecha 05-01-1939, de 65 años de edad, casado, comerciante, residenciado en la Urbanización Guamachal, Calle Los Pinos, casa Nº 27, Valle La Pascua, Estado Guárico, de la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Simple, y Uso Indebido de Arma de Fuego, previstos y sancionados en los Artículos 407 y 282 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JOSE GREGORIO ZABALA HERRERA (occiso).
SEGU.....