Por las razones de hecho y de derecho, que anteceden, este Tribunal de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, extensión Valle de la Pascua, actuando bajo la modalidad de Tribunal Unipersonal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se declara CULPABLE al ciudadano EDGAR DE JESUS ARMAS, natural de Tucupido, nacido en fecha 28/05/79, de 23 años de edad, soltero, obrero agricultor, Indocumentado, hijo de Numan Ramón Armas y Loiza Rosa Bravo, residenciado en el Calle Pérez Rengifo, Casa S/N, Sector Tobogán, Tucupido, Estado Guárico, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinales 3° del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano FABRICIO MAMMOLI, y se CONDENA a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS de Prisión, más las accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Penal. Todo ello de conformidad con los artículos 16 y 74, Ordina.....