En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad expresa de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la acción de cumplimiento de contrato de arrendamiento interpuesto por la parte actora ciudadano JAIME FERREIRA, titular de la cedula de identidad Nº E-396.873, domiciliado en la Ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico, a través de su Apoderada Judicial Abogada SONIA FILOMENA MOTA NAVARRO inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 16.241.Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora. Se CONFIRMA en todas sus partes la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Leonardo Infante, las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripc.....