PRIMERO: Se Declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte solicitante Ciudadana JULIANA ARACELI COROMOTO BULHOSA TREJO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-3.819.060, domiciliada en la carretera nacional San Juan – La Villa, Altos de Píritu, casa N° 5020. Se REVOCA el fallo de la recurrida, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Juzgado del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 06 de Noviembre del año 2.007. Y se ordena por tanto, a que se verifique si la pretensión cumple con el resto de los presupuestos necesarios, para que se le de entrada a la misma, desechándose así, la existencia de la cosa juzgada y así se establece
Regístrese, Publíquese y déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripc.....