Por todo lo antes expuesto este Tribunal de JUICIO Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela decide: Se acuerda la revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad del ciudadano YOLBER HERRERA CARUTO, Venezolano, de 21 años de edad, identificado con la cédula N° 18.834.316, hijo de LIDIA ZAMBRANO y JOSE HERRERA, natural de Valle de la Pascua, Estado Guárico donde nació en fecha 08-03-1997, estudiante y residenciado en la calle la Campechana casa N° 45, Valle de la Pascua, Estado Guárico y su sustitución por caución personal, consistente en la consignación de Dos (02) fiadores de reconocida solvencia moral y económica, quienes deberán consignar cada uno de ellos Constancia de Buena Conducta, Constancia de Residencia y Constancia de Trabajo con ingresos mensuales equivalentes treinta unidades tributarias , con carta de residencia, quienes se obligaran a que el acusado no se ausen.....