este Tribunal Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Geronimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer de la presente acción de Entrega Material de Predio Rustico, intentada por el ciudadano JESUS ALBERTO PERALTA FLEITAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, de ocupación mediano productor agropecuario, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.679.960, asistido por el Abogado JUAN PERNIA CAMPOS, venezolano, mayor de edad, con domicilio en San Fernando de Apure, Estado Apure, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.990.516 e inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 58.338, en contra del ciudadano NELSON RAMON OVIEDO VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, divorciado, con domicilio en la población de Camaguan, Estado Guárico, de profesión Ingeniero Agróno.....