DISPOSITIVA
En consecuencia, cumplidas con todas las formalidades de ley, y de conformidad con el artículo 253 de la Constitución de la República, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÀN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, con fundamento en lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y en consecuencia declara como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana: MERCEDES MARGARITA RODRÍGUEZ, venezolana, viuda, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.597.998, en su condición de esposa del de cujus ALIRIO RAFAEL CAMARIPANO, quien era venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.275.416, quién falleció ab-intestato el día Ocho (08) de Junio del año 2021, en la Ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico, según consta Acta Defunción Nº 599, emitida por el Consejo Na.....