Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Decreta la reposición de la causa al estado de practicar Nueva Notificación de la Empresa PROVIEN 2001 C.A de conformidad con el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y una vez que conste la certificación por secretaría de dicha notificación comenzará a correr el lapso para la celebración de la Audiencia Preliminar.
SEGUNDO: Se declara la nulidad del auto de fecha 13 Abril de 2010 , que riela al folio 63 y de todas las actuaciones subsiguientes de conformidad con el articulo 206 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se ordena librar cartel de Notificación a la Empresa demandada.