Finalmente por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto (4º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, extensión Valle de la Pascua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la REPOSICION DE LA CAUSA, al estado de la remisión a juicio , por lo que se declaran nulas todas la actuaciones que corren insertas a los folios ciento cincuenta y uno (151) y ciento cincuenta y dos (152) ambas inclusive y en consecuencia notifíquese a las partes de la presente decisión. Líbrese cartel de notificación conforme al artículo 126 de la ley orgánica procesal del trabajo.