REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
Valle de La Pascua, 07 de agosto de 2018
208º y 159º
ASUNTO: JP51-L-2018-000026
Visto el escrito de promoción de pruebas, presentados por los apoderados judiciales de las partes intervinientes en el presente asunto, en la oportunidad en que tuvo lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, este Juzgado, procede a providenciar las mismas, en la siguiente forma:
PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDANTE:
CAPITULO I
DEL MERITO FAVORABLE DE LOS AUTOS
La apreciación del mérito favorable de los autos, no constituye un medio de prueba, sino la solicitud de aplicación del principio de la comunidad de la prueba , o de adquisición, que rige, en todo el sistema probatorio venezolano y que el Juez está en el deber de aplicar de oficio siempre, sin necesidad de alegación de parte, razón por la cual al no ser promovid.....