éste Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales y Demás Beneficios laborales; incoado por los ciudadanos RAFAEL TOBIAS LEDEZMA Y WILFREDO GUZMAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.981.317 y 16.140.563, respectivamente; domiciliados en la población de Zaraza, Estado Guárico; contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO PEDRO ZARAZA DEL ESTADO GUARICO.