este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES, intentada por los ciudadanos: DOUGLAS ALBERTO LOZANO SANCHEZ Y CARLOS ENRIQUE MENDEZ PEDRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 7.212.639 y 4.561.744, respectivamente; contra la sociedad mercantil "PROMOTORA ALTOS DEL VALLE, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 23 de marzo de 2006, quedando anotado bajo el Nº 72, Tomo: 4-A; representada por su Presidente, ciudadana: MARIBEL CORREIA BELLOTI, venezolana, mayor de edad, .....