este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN, Y TERMINADO EL PROCESO, intentado por el ciudadano: MANUEL ALEJANDRO BANCO PRADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.519.179 y de este domicilio; contra la sociedad mercantil: "DIADEMAS UNIDAS, C.A."; por Cobro de Prestaciones Sociales y Demás Indemnizaciones Laborales