Como consecuencia de los anteriores pronunciamientos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, con sede en Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por la ciudadana TRINA MERCEDES LORETO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.919.331, contra la sociedad mercantil "SERVICIOS CLINICAS LOS LLANOS, C.A.", inscrita el 20 de mayo de 1992, por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico bajo el Número 32, tomo VI, folio 112 Vto, expediente que consta en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico bajo el número 32, Tomo VI, en consecuencia, se condena a l.....