este Juzgador Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, sede Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la republica bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Parcialmente con Lugar la presente demanda por cobro de bono de alimentación o cesta ticket interpuesta por la ciudadana: Nieves Josefina Mendoza Pérez, contra la sociedad mercantil: Panadería y Pastelería La Maravilla, C.A., dichos razonamientos serán ampliados en el cuerpo de la sentencia definitiva a publicarse en forma escrita dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes del pronunciamiento oral de la dispositiva del fallo, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 159 de la ley orgánica procesal del trabajo. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman a las once y treinta de la mañana.-