Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano OCTAVIO ANDRES VIANA MONTOYA, ya identificado, contra la empresa CERVECERIA POLAR, C.A., ya identificada. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora, totalmente vencida, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-------------------------------------------------------------------------------------------------