"Vista la manifestación de las partes y por cuanto la misma no vulnera derechos ni normas jurídicas este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Declara HOMOLOGADO, el acuerdo pactado entre el actor WILFREDO ALEXANDER AGUIRRE LANDAETA, titular de la cedula de identidad Nº V-20.906.612, y los demandados y le adjudica el carácter de cosa juzgada, así mismo se deja expresa constancia que, una vez que se encuentre satisfecho el monto transado a través de la presente, se ordenará el archivo del expediente por auto separado. Se imprimen dos ejemplares de la presente y se ordena su entrega a las partes. Es todo, Termino, Se leyó y conforme firman.