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Decisiones del dia 22/04/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, con sede en Calabozo
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : JP61-L-2009-000059 N° Sentencia : 0409-12-022 Fecha: 22/04/2009
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
JOSE ROLANDO ZAPATA, SERVICIO DE VIGILANCIA RIOS, C.A.-
Resumen:
Por todas la consideraciones antes expuestas, este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, Sede Calabozo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: INADMISIBLE la demanda interpuesta por el ciudadano: JOSE ROLANDO ZAPATA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 16.976.754, contra la empresa SERVICIO DE VIGILANCIA RIOS C.A. (SERVIRICA), ambas partes plenamente identificados en autos. --
Juez/Ponente:
Iván García Lozada
Organo:
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, con sede en Calabozo
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N° Expediente : JP61-L-2009-000060 N° Sentencia : 0409-12-023 Fecha: 22/04/2009
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
JOSE ANTONIO MEDINA, VS COOPERATIVA MARI FER.-
Resumen:
Por todas la consideraciones antes expuestas, este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, Sede Calabozo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: INADMISIBLE la demanda interpuesta por el ciudadano: JOSE ANTONIO MEDINA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 16.364.335, contra la COOPERATIVA MARI FER, ambas partes plenamente identificados en autos. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y MEDIACIÓN, DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. SEDE CALABOZO, a los veintidós (22) días del mes de Abril del dos mil nueve (2009). Siendo la una y treinta (1:30 p.m.) de la tarde. AÑOS: 199º de la Federación y 150º de la Independencia.
Juez/Ponente:
Iván García Lozada
Organo:
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, con sede en Calabozo
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N° Expediente : JP61-L-2009-000080 N° Sentencia : 0409-12-024 Fecha: 22/04/2009
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
ANGEL RAFAEL PEÑA VS ROMULO CARPIO
Resumen:
Todo lo anterior se expresa por ciertos aspectos deficientes y ambiguos que plantean la pretensión de la demanda, los cuales impiden a este Juzgado proceder a admitirla, ello en virtud de que no se encuentran llenos los extremos establecidos en los ordinales 3 y 4 del artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En definitiva, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo, se abstiene de admitir la demanda, y en uso de las facultades que le otorga el artículo 124 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, ordena al demandante proceda a subsanar el libelo el libelo de demanda dentro del lapso de los dos (2) días hábiles siguientes a la práctica de la notificación, so pena de Perención. Así se decide. Expídase Boleta de Notificación y entréguese al Alguacil a los fines de que practique la notificación ordenada.-----------------------------------------
Juez/Ponente:
Iván García Lozada
Organo:
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, con sede en Calabozo
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N° Expediente : JP61-L-2009-000039 N° Sentencia : 0409-12-026 Fecha: 22/04/2009
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
MANUEL ANTONIO CAMPO OJEDA VS CONSTRUCTORA GAP, C.A
Resumen:
Este Juzgador Garantista de los Derechos Constitucionales y Legales acuerda notificar a la empresa SEGUROS CANARIAS DE VENEZUELA, C.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales, estatutarios o judiciales, en la siguiente dirección: Oficina Principal, calle Panamá, entre avenida Libertador y calle Quito, Torre financiera de Seguros; los Caobos, Caracas, Distrito Capital. Y la celebración de la audiencia tendrá lugar al décimo (10°) día hábil siguiente tal y como lo establece el articulo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, una vez transcurrido cuatro (4) días continuos que se le concede como termino de la distancia, posterior a la constancia en autos de la notificación de la empresa SEGUROS CANARIAS DE VENEZUELA, C.A. LIBRESE CARTEL DE NOTIFICACION. Así de Decide.
Juez/Ponente:
Iván García Lozada
Organo:
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, con sede en Calabozo
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