En consecuencia, dada la gravedad de los hechos, se acuerda devolver al señalado Juzgado 2° de Control, la causa íntegra a los fines de que en forma perentoria y sumaria se subsanen las advertidas irregularidades, con el especial énfasis de que se le informe al recurrente que deberá ratificar su acto de impugnación luego de que quede notificado personalmente el encausado del fallo que le es adverso, dentro de la oportunidad legal. Cúmplase. Remítase el expediente.