Dispositiva
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que Corte de Apelaciones, Declara: Sin Lugar el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Abg. Jhacovi Ainagas, Defensor Público Penal Nº 08, adscrito a La Unidad Regional de la Defensa Pública del Estado Guárico, San Juan de los Morros, del ciudadano: Wilmer Alfredo Diamont Hernández, contra la decisión dictada en fecha 17/02/2014, y Publicada en su texto íntegro en fecha 25/02/2014, por el Tribunal Penal Tercero de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, San Juan de los Morros, en la causa Nº JP01-P-2014-001580, nomenclatura del indicado Tribunal, en la cual Decretó Medida de Privación Judicial Pr.....