Se declara con lugar la acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano José Antonio Romance, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 44.952, quien actúa en este acto como defensor definitivo del ciudadano Sergio Rafael Machuca Piñero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.632.895, contra el extinto Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal, para el Régimen Procesal Transitorio del Estado Guarico, en virtud de que el señalado órgano jurisdiccional, en su dispositiva de fecha 20-09-2001, no proveyó sobre la consulta de ley establecida en el artículo 51, del extinto Código de Enjuiciamiento Criminal, compendio que regulaba la actividad procesal para el momento en que se tramitaba la señalada causa, todo ello en concordancia con el artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 2 y 24 Constitucional, y 2 del Código Penal, ya que la referida consulta era necesaria y útil para la administra.....