Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la Acción de Amparo Constitucional interpuesto en fecha 09 de Septiembre de 2014, por el ciudadano Abogado Julio Cesar Aguillon Arvelaez, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.548.481; actuando en representación del ciudadano Ramón Enrique Dorta Utrera, por presunta violación a la Tutela Judicial Efectiva y el Debido Proceso en contra del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, San Juan de los Morros. SEGUNDO: Se ADMITE la referida Acción de Amparo Constitucional, conforme lo previsto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. TERCERO: Se ordena notificar a la parte pr.....