V
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. José Wilfredo Barrios Rodríguez, en su condición de Defensor Publico Penal Nº 2 adscrito a la Unidad de Defensoría Pública Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, del ciudadano JOSÉ RAFAEL PÉREZ CASTILLO, contra la decisión dictada en fecha 23/05/2012 y publicada en fecha 13/06/2012, por medio de la cual el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, extensión – Calabozo, Condenó al ciudadano JOSÉ RAFAEL PEREZ CASTILLO, a cumplir la pena de 23 años y 09 meses de prisión, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolan.....