Se declaró, homologado el desistimiento, presentado por los ciudadanos Germán Alfaro Sánchez, Acosta Fernández José Gregorio, Darwin Daniel David Gutiérrez y Deivis José Monsalve Palma, en la condición de quejosos en la presente acción de amparo. En consecuencia se reforma el auto consultado. Se funda la presente decisión en los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 2, 3 y 7 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con los artículos 38, 39, 41, 42 y 25 eiusdem.