DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación que antecede, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, se pronuncia: PRIMERO: Declarar sin lugar el recurso de apelación ejercido por el ciudadano CARMELO VICENTE RENGIFO, debidamente asistido por los abogados RUBÉN DARIO BELISARIO HERRERA y JORDELYS ANAIS FLORES, se observa que, el mismo tiene por objeto impugnar la decisión dictada en fecha 27 de noviembre de 2015, por el Juzgado Tercero (3º) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, en la cual negó la entrega del vehículo cuyas características son las siguientes: MARCA: Chevrolet; MODELO: Aveo LT; COLOR: plata; TIPO: sedan; USO: particular; CLASE: automóvil; SERIAL-MOTOR: F16D30118882; SERIAL-CARROCERÍA: 8Z1TM5C68BG348580; AÑO: 2011; y, distinguido con las PLACAS: AD115PD. SEGUNDO: Se confirma la decisión recurrida, refer.....