declara CON LUGAR la inhibición formulada por el abogado ANGEL RAFAEL MONCADO ALVAREZ en su condición de Juez de Juicio Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, extensión Valle de la Pascua en el Asunto Nº JP21-P-2004-0000106 donde aparecen como imputados los ciudadanos Willians Alexis Ramírez y Antonio Ramón Moreno Redondo, por su presunta responsabilidad en la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes tipificado en el artículo 34 de la Ley sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Peculado Propio , previsto y sancionado en el artículo 52 de la Ley contra la Corrupción; todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 ordinal 7º y 87 del Código Orgánico Procesal Penal.